Dólar Oficial
$1.535
Dólar Blue
$1.555
Dólar Tarjeta
$1.995,50
Euro
€1.734,14
Real
R$296,83
Azúcar Tucumán · 50kg
$36.810
Azúcar Int. · Londres N5
US$24,707
Azúcar Int. · EEUU N11
US$423,29
Bioetanol de caña ($/L)
1.072
Bioetanol de maíz ($/L)
982.976

Noticias Argentinas difundió que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a prorrogar el plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025, aunque mantuvo sin cambios el vencimiento para el ingreso del primer anticipo de 2026.
La medida fue establecida mediante la Resolución General 5898/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial. Según indicó el organismo, la decisión responde a “razones de administración tributaria” y tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes.
Con la nueva disposición, las personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del simplificado, tendrán plazo hasta el 13 de octubre de 2026 para presentar la declaración jurada de Ganancias correspondiente a 2025.
La modificación no altera la fecha prevista para el ingreso del saldo resultante de esa declaración jurada, cuyo vencimiento se mantuvo en el 27 de julio de 2026. De esta manera, continúa la separación entre las fechas establecidas para la presentación formal de la declaración y el pago de la obligación.
Se trata de la tercera prórroga dispuesta por ARCA para la presentación correspondiente al período fiscal 2025. El vencimiento original había sido extendido inicialmente hasta el 27 de julio y, posteriormente, hasta el 22 de septiembre de 2026.
La resolución tampoco introdujo una nueva postergación para el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026, cuyo vencimiento ya había sido prorrogado a fines de agosto.
Por lo tanto, las personas humanas y sucesiones indivisas deberán ingresar ese primer anticipo hasta el 24 de septiembre de 2026, inclusive.
Así, el calendario queda con tres fechas diferenciadas: el pago del saldo de Ganancias 2025 mantuvo su vencimiento del 27 de julio; el primer anticipo correspondiente a 2026 deberá abonarse hasta el 24 de septiembre; y la presentación de la declaración jurada del período fiscal 2025 podrá realizarse hasta el 13 de octubre.